
La Asociación de Organizaciones de Productores de Plátanos de Canarias (ASPROCAN), es la asociación que integra a todas las OPPs de Canarias, por lo que integra al 100% del sector.
Además ASPROCAN, en virtud de la Ley 4/2015, de 9 de marzo, de los órganos de gestión de las figuras de calidad de productos agrícolas, alimenticios y agroalimentarios no vínicos fue reconocida el pasado 11 de septiembre de 2015 (BOC 178/2015), Órgano de Gestión de la IGP Plátano de Canarias. Por este motivo, se encuentran entre sus funciones:
a) Velar por el prestigio y fomento de la figura de calidad, y por el cumplimiento del pliego de condiciones, pudiendo denunciar cualquier uso incorrecto ante los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes.
b) Proponer las modificaciones del pliego de condiciones.
c) Orientar la producción y calidad, y promocionar e informar a los consumidores sobre el producto y en particular, sobre sus características específicas de calidad.
d) Adoptar, en el marco del pliego de condiciones, el establecimiento para cada campaña, según criterios de defensa y mejora de la calidad y dentro de los límites fijados en el pliego de condiciones, los rendimientos, los límites máximos de producción y de transformación, la autorización de la forma y condiciones de riego, o cualquier otro aspecto de coyuntura anual que pueda influir en estos procesos.
e) Llevar los registros donde se inscribirán los operadores agroalimentarios acogidos a la figura de calidad, sus medios e instalaciones.
f) Gestionar las cuotas obligatorias que establezcan para la financiación del órgano de gestión.
g) Colaborar con las autoridades competentes en la materia así como con los órganos encargados del control.
h) Investigar los sistemas de producción y comercialización y difundir su conocimiento y aplicación, asesorando a las empresas que los soliciten y a la administración.
i) Confeccionar las estadísticas de producción, elaboración, comercialización de los productos amparados y el resto de las informaciones que les sean solicitadas, para su uso interno y presentación a la consejería competente en materia de agricultura para su difusión y general conocimiento.
j) Establecer las condiciones de uso de la marca.
k) Aprobar el manual de calidad en el que se recoja el régimen de control interno.
l) Establecer los requisitos mínimos que deben cumplir las etiquetas y envases comerciales, que se comunicarán al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria y se harán públicas de forma que se garantice su posibilidad de acceso a todos los interesados. Igualmente, la llevanza del registro donde se inscribirán las etiquetas y envases comerciales de los operadores de la indicación geográfica.
m) Establecer los requisitos y gestionar las contraetiquetas, precintos y otros marchamos de garantía.
